No se ve en ningún extracto
Sin cargo en el banco ni recibo: solo aparece en la cuenta anual del alquiler.
Amortizar un inmueble alquilado es repartir entre varios años la parte del precio que sí se desgasta: la construcción. El suelo no se gasta, así que no entra. Es un gasto que casi ningún propietario apunta, porque no sale del banco ni aparece en un recibo: no lo ves, y por eso declaras más rendimiento del que te corresponde. Aquí tienes de dónde sale la cifra y qué pasa con las reformas. El número final lo sacas con tus datos, y la contabilidad que lo recoge, desde 149 €/mes con el ERP dentro.
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Aquí no vas a encontrar un porcentaje ni unos años cerrados: la cifra depende de cada escritura y la confirma tu asesor. El mecanismo, en cambio, se ve entero.
De todo lo que pagaste, una parte no se puede amortizar nunca: el suelo. No se desgasta, así que su valor no se reparte.
Lo que pone en la escritura, más los gastos de la operación que correspondan.
El porcentaje del precio que es terreno. Lo tienes en los datos catastrales, el IBI y la escritura.
El valor de compra menos el suelo. Ese es el número que se reparte entre los años.
Amortizar el precio entero, suelo incluido, es la corrección más habitual que se ve en una revisión.
En el IRPF de un particular que alquila, la amortización se calcula aplicando un porcentaje sobre el mayor de dos valores, el de adquisición y el catastral, sin contar el suelo en ninguno. En una sociedad el cálculo llega por la vía contable del inmovilizado. Por eso no fijamos un número: no hay una cifra única que valga para tu inmueble y tu escritura. En la calculadora de amortización de un inmueble los años y el porcentaje de suelo son editables.
| Dato | Ejemplo | De dónde sale |
|---|---|---|
| Valor de compra | 180.000 € | Lo que pagaste por el inmueble |
| Suelo | 30 % · 54.000 € | Porcentaje estimado para el terreno |
| Base amortizable | 126.000 € | 180.000 − 54.000 |
| Reparto en años | 40 años · 3.150 €/año | 126.000 ÷ 40 |
| Prorrateo por meses | 8 meses · 2.100 € | 3.150 × 8 ÷ 12 |
Lo que importa es el orden: primero separas el suelo, después divides y al final ajustas por los meses alquilados. Un inmueble vacío medio año solo cuenta medio año.
Con tus valores y los meses alquilados.
Sin cargo en el banco ni recibo: solo aparece en la cuenta anual del alquiler.
Si no la restas, pagas sobre una base mayor de la que te corresponde. Decide tu rentabilidad real: la cuenta está en rentabilidad neta del alquiler.
Como particular, se resta del rendimiento del alquiler en tu IRPF con los valores del inmueble. En una sociedad es la dotación contable del inmovilizado, que afecta a su Impuesto de Sociedades. Al comparar los dos escenarios es uno de los números de la balanza, como contamos en sociedad patrimonial o particular.
Lo que tienes que recordar
Porque no se desgasta. La amortización reparte el coste de lo que pierde valor con el uso, y un solar sigue siendo el mismo terreno pasen los años que pasen. Por eso la base amortizable es el valor de compra menos la parte que corresponde al suelo.
Dos sitios donde mirar: el reparto entre valor del suelo y valor de construcción de los datos catastrales y del recibo del IBI, y lo que diga la escritura. Con una estimación razonable y documentada se puede trabajar, y la cifra final la confirmas con tu asesor.
No. La amortización se prorratea por los meses en que el inmueble ha estado alquilado: si han sido nueve, la cuota del año se calcula sobre nueve. El gasto sigue el mismo ritmo que la renta, así que un piso vacío no genera amortización esos meses.
Depende de qué haya cambiado la obra. Si el baño y la cocina estaban y los has puesto al día manteniendo lo que había, es reparación: gasto del ejercicio. Si has añadido algo que antes no existía o alargado la vida útil del inmueble, se suma al valor y se reparte en los años siguientes.
Lo que hace es reducir el rendimiento que declaras, y el impuesto se calcula sobre ese rendimiento. Cuánto supone en euros depende de tu tipo y de tu situación, así que no damos una cifra. Lo seguro es que, si no la incluyes, la base sobre la que pagas es más alta de la que te corresponde.
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