Registro horario: qué obliga la ley y cómo cumplirlo
Desde 2019, toda empresa tiene que registrar la jornada diaria de cada persona trabajadora con hora de inicio y hora de fin. Ese registro se conserva cuatro años y tiene que estar a disposición de la persona, de su representación y de la Inspección. Y no vale reconstruirlo el viernes por la tarde para toda la semana. En Contaes el registro vive dentro de la plataforma, junto a las nóminas, desde el plan Startup de 249 €/mes hasta 5 empleados.
En dos frases. Desde 2019, la jornada diaria de cada persona trabajadora se registra con hora de inicio y hora de fin, se conserva cuatro años y tiene que estar a disposición de la persona, de su representación y de la Inspección. Ese registro no puede rehacerse a posteriori y no sustituye al control de las horas extraordinarias, que se siguen contando aparte.
Para quién es. Y para quién no.
Esto es para quien tiene gente contratada y el registro no está montado, o está montado de una forma que no aguantaría que alguien lo pidiera. No es para quien busca un papel que rellenar de cara a la galería: un registro poco fiable es peor que no tenerlo.
Es para ti si
Tienes personas contratadas y el registro de jornada lo llevas en papel, en una hoja o en la cabeza.
Lo rellenas a final de mes y sabes que eso no es un registro fiable.
Quieres que la jornada esté donde están las nóminas y los seguros sociales, no en otro sitio.
Tienes hasta 20 empleados: el registro entra en el mismo tramo que tus nóminas.
No es para ti si
Quieres un registro que se rellene solo para que parezca que hay control: eso no es un registro fiable.
No tienes ninguna persona contratada: el registro nace con el primer contrato.
Buscas una app suelta de fichaje, sin nadie detrás que revise el mes con la nómina.
Tienes personal contratado fuera de España: lo que llevamos es el laboral español.
Qué tiene que cumplir tu registro
Cuatro condiciones que se leen en cinco minutos y que la mayoría de registros caseros incumple en alguna. Si falla una, el registro no vale para lo que existe.
Hora de inicio y hora de fin.
Se registra la jornada diaria de cada persona, con la hora a la que empieza y la hora a la que termina. No es un resumen semanal, ni un parte por proyecto, ni una estimación: es el día de esa persona. Y tiene que cuadrar con la jornada que firmaste en su contrato.
Una entrada por persona y día, con inicio y fin.
La jornada registrada y la del contrato hablan del mismo mes.
Cuatro años, y a disposición.
El registro se conserva cuatro años y tiene que poder consultarlo la persona trabajadora, su representación y la Inspección. Tenerlo no sirve si no lo puedes enseñar: la obligación incluye el acceso, no solo el archivo. Ese es el punto donde falla el registro que vive en el correo de una sola persona.
Cuatro años guardados, sin que nadie tenga que acordarse de no borrar nada.
Se enseña cuando lo pide quien tiene derecho a verlo.
Fiable, no reconstruido.
El registro tiene que ser fiable: los datos se anotan cuando ocurren, no se rehacen después para que cuadren. Un registro reconstruido no aguanta una inspección y convierte un incumplimiento formal en uno de fondo. La prueba es sencilla: si el dato se puede escribir sin que la persona esté delante, el registro no vale.
Se anota el día, no el mes siguiente.
Una sola versión del mismo mes, sin dos listados distintos.
Y las horas extra, aparte.
El registro de jornada no sustituye al control de las horas extraordinarias. Son dos obligaciones distintas: una recoge el día, la otra cuenta lo que se pasa del día, y esa parte se contabiliza aparte. Esconderla dentro del total es la forma más rápida de que el registro deje de ser fiable.
Horas extra contadas por su lado, no disueltas en el total del mes.
El registro enseña el día; el de horas extra, lo que se pasa del día.
Un registro que se anota solo y vive donde vive la nómina es mucho más difícil de olvidar que uno que depende de que alguien se acuerde el viernes de cerrar la semana.
Cómo cumplirlo sin que se te olvide
Cumplirlo es más simple de lo que parece: que cada persona anote su entrada y su salida el mismo día, y que eso quede guardado cuatro años sin que nadie tenga que acordarse de nada. La dificultad no está en la obligación, está en la constancia.
Cinco pasos, en este orden:
Decide dónde vive el registro. Si vive en un sitio distinto del que usas para las nóminas, tendrás dos versiones del mismo mes.
Que lo use toda la plantilla desde el primer día, incluida la jornada de quien entra y de quien sale a media jornada.
Revísalo cada mes con la nómina. La jornada registrada y la nómina del mes tienen que hablar del mismo mes y de las mismas horas.
Guárdalo cuatro años. Sin copias manuales y sin borrar por “limpieza” al cerrar el ejercicio.
Cuenta las horas extra aparte. Con su propio control y sin mezclarlas con la jornada ordinaria.
Qué pasa si no lo llevas
El incumplimiento del registro de jornada es una infracción en el orden social, tipificada en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). No ponemos cuantías porque cambian y porque no es lo que decide tu caso: lo que decide es si tienes el registro el día que alguien lo pida. Un registro incompleto se arregla en una tarde; una inspección sin registro no se arregla.
Y hay una consecuencia que no sale en ninguna multa: sin registro no sabes cuántas horas hace tu gente. Eso significa que no sabes si tu plantilla está dimensionada, ni cuánto te cuesta de verdad cada proyecto. Si estás calculando ese coste, empieza por contratar al primer empleado y sigue por el registro del mes.
Lo que cuesta llevarlo por piezas
Estos son los precios de mercado que publicamos en la web, servicio a servicio. Súmalos como los sumarías tú: cada uno con su proveedor, su factura y su login.
1
Gestión laboral hasta 5 empleados
125 €/mes
Nóminas, contratos y seguros sociales, con la jornada cuadrada contra la nómina. Lo que cuesta ese servicio suelto en el mercado.
2
Software de nóminas y facturación
7,50–29,50 €/mes
La licencia de mercado (Holded desde 7,50 €/mes, Quipu desde 8,50 €/mes) te da la pantalla. El control del mes y la responsabilidad siguen siendo tuyos.
3
Contabilidad e impuestos de sociedad
80–200 €/mes
Lo que cobra una asesoría tradicional por lo fiscal. Sin software, sin tesorería y sin que nadie cruce tus horas con tu nómina.
4
Gestoría low-cost de autónomos
24–50 €/mes
La cuota de antes de contratar. El mes que entra una persona en nómina, esa tarifa deja de cubrirte: hay que sumar la parte laboral.
125 €/mes de laboral suelto, 8,50 €/mes de la licencia más barata y 149 €/mes de contabilidad e impuestos son 282,50 €/mes con tres proveedores. El plan Startup son 249 €/mes y lleva las tres cosas y el ERP completo, con el registro de jornada donde vive la nómina. El detalle de lo que incluye el laboral está en el programa de nóminas.
Dónde cae tu plantilla según el plan
El plan cambia la cuota y el acompañamiento, nunca el sistema. Por encima del tramo de tu plan, cada empleado extra son +5 €/empleado/mes, publicado.
Autónomo Pro · 45 €/mes
Sin empleados, así que sin registro de jornada que llevar. El día que contratas subes a Startup y el registro entra con el alta.
Startup · 249 €/mes
Hasta 5 empleados. Nóminas, contratos, altas, seguros sociales y el registro de jornada en la misma plataforma, con el ERP completo y la gestoría detrás. Es el más popular.
Scale · 449 €/mes
Hasta 20 empleados, con la parte laboral completa, más preparación de ronda y due diligence cuando vas a levantar financiación.
Desde 2019, con el Real Decreto-ley 8/2019, que llevó al Estatuto de los Trabajadores la obligación de registrar la jornada diaria. No depende del tamaño de tu empresa ni del sector: si tienes a alguien contratado, tienes que registrar su jornada.
¿Cuánto tiempo hay que conservarlo?
Cuatro años. El registro se conserva cuatro años y tiene que estar a disposición de la persona trabajadora, de su representación y de la Inspección. Guardarlo no es opcional y no se borra al cerrar el año.
¿Vale una hoja de cálculo?
La ley no obliga a comprar un programa: obliga a que el registro sea fiable y esté disponible. Una hoja rellenada a final de mes para toda la semana no es fiable, y se nota. Lo que aguanta es el registro que se anota el día en que ocurre y se guarda solo.
¿Hay que registrar también las horas extra?
Son dos cosas distintas. El registro de jornada recoge el inicio y el fin de cada jornada; las horas extraordinarias se siguen contando aparte, con su propio control. Meterlas en el mismo total no las hace desaparecer: las deja sin contar.
¿Qué pasa si no llevo el registro?
El incumplimiento es una infracción en el orden social, tipificada en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). No damos cuantías porque cambian y no es lo que decide tu caso: lo que decide es tener el registro el día que alguien lo pida.
¿Tienen que poder verlo los trabajadores?
Sí. El registro tiene que estar a disposición de la persona trabajadora, de su representación y de la Inspección. Si vive en un cajón al que solo accedes tú, no cumples: la obligación incluye poder enseñarlo.
¿Dónde vive el registro si lo lleváis vosotros?
Dentro de la plataforma donde están tus nóminas. Cada persona registra su inicio y su fin, queda guardado cuatro años y cuadra con la nómina del mismo mes. No hay una hoja paralela que alguien tenga que rellenar el viernes, y eso es lo que hace que sea difícil olvidarlo. Si quieres ver el resto del laboral, mira asesoría laboral para empresas o gestoría para startups.
Que el registro deje de ser una tarea pendiente
30 minutos para ver cómo quedaría tu registro junto a tus nóminas, sin rellenar nada a mano el viernes. Te decimos qué necesitas aunque no sea con nosotros.