Bloque laboral

Contratar al primer empleado: los trámites, en el orden que toca

Vas a contratar por primera vez y no quieres enterarte de un trámite después de haberlo hecho al revés. El orden es este: elegir el contrato, comunicar la contratación, dar de alta en la Seguridad Social antes de que la persona empiece y abrir el registro de jornada desde el primer día. Con la gestoría dentro de la cuota, los contratos, las altas y las nóminas van incluidos desde 249 €/mes hasta 5 empleados.

En dos frases. Contratar a alguien son cuatro cosas en un orden concreto: firmar el contrato, comunicar la contratación, dar de alta en la Seguridad Social antes del primer día de trabajo y dejar registrada su jornada desde ese mismo día. A partir de ahí, cada mes tienes nómina, retención de IRPF y seguros sociales. Si algo de eso se hace tarde, ya no es un papel pendiente: es una infracción.

Para quién es. Y para quién no.

Esta página es para quien va a firmar su primer contrato y quiere hacerlo bien a la primera. No es para quien busca que alguien firme en su nombre: la firma sigue siendo tuya y solo tuya.

Es para ti si

  • Vas a contratar a tu primer empleado y quieres el orden correcto desde el día uno.
  • Quieres saber qué papeles pedirle y qué obligaciones nacen solo por tener a alguien en nómina.
  • Prefieres que el alta, la nómina y los seguros sociales los lleve alguien que responda de los plazos.
  • Tu plantilla entra en el tramo: hasta 5 empleados en Startup y hasta 20 en Scale.

No es para ti si

  • Quieres contratar sin firmar contrato ni dar de alta: el alta antes del inicio no es opcional.
  • Buscas que alguien firme en tu nombre: el contrato lo firma la empresa, nosotros lo preparamos.
  • Tienes personal contratado fuera de España: lo que llevamos es el laboral español.
  • Buscas solo un programa para teclear tú las nóminas y asumir tú los plazos.

El orden real de los trámites

Cuatro pasos que van en este orden. Si cambias dos de sitio, el que pierde es la persona que contrata contigo y el que responde eres tú.

Elegir el contrato.

Lo primero no es el formulario, es decidir qué necesitas: indefinido si el puesto se queda; temporal si hay una causa con fecha de fin; a tiempo parcial si las horas son menos que la jornada completa. El Estatuto de los Trabajadores exige forma escrita en determinados contratos, y en la práctica conviene firmar siempre por escrito: es lo que fija la jornada, el salario y el convenio aplicable.

  • El convenio que te toca, aplicado desde la primera nómina.
  • Contrato redactado y listo para firmar antes de la fecha de inicio.

Comunicar y dar de alta.

La contratación se comunica a los servicios públicos de empleo y el alta se presenta en la Seguridad Social antes de que la persona empiece a trabajar. Ese orden no es una recomendación de estilo: el alta tiene que estar hecha antes del inicio de la relación laboral, y con un alta retroactiva el problema ya está hecho.

  • Alta, comunicación, bajas y variaciones presentadas en plazo.
  • Si la Seguridad Social escribe, contestamos nosotros y no tú.

Registro de jornada desde el día uno.

Toda empresa tiene que registrar la jornada diaria de cada persona trabajadora, con hora de inicio y hora de fin. El registro se conserva cuatro años y tiene que estar a disposición de la persona, de su representación y de la Inspección. Cómo se cumple todo esto lo tienes en registro horario.

  • Inicio y fin de cada jornada, sin rellenarlo el viernes para toda la semana.
  • Cuatro años guardados, porque el sistema los guarda solo.

La primera nómina y su retención.

La nómina del mes se calcula con el convenio, la jornada y las pagas. El IRPF de la persona se retiene en cada nómina y se ingresa a cuenta con el modelo 111 cada trimestre; en enero va el modelo 190, el resumen anual de esas retenciones. Todo con los seguros sociales del mes presentados en plazo.

  • Nóminas de toda la plantilla cada mes, con los seguros sociales dentro.
  • Retención de IRPF calculada, ingresada y resumida en el 190.

Con esos cuatro pasos hechos, contratar deja de ser un salto al vacío: la persona entra el día que toca, con contrato, con alta y con su jornada registrada. Y el mes siguiente, la nómina no te pillará por sorpresa.

Lo que nace solo por tener a alguien en nómina

Desde el día en que alguien entra en nómina, hay obligaciones que no dependen de si vendes más o menos ese mes. Son cinco y se repiten todos los años.

  • La nómina, cada mes. Se calcula con el convenio, la jornada y las pagas, y se entrega a la persona.
  • El modelo 111, cada trimestre. Es el ingreso a cuenta del IRPF que le has retenido en la nómina.
  • El modelo 190, en enero. El resumen anual de esas mismas retenciones: lo que has ingresado cada trimestre, junto.
  • El registro de jornada, cada día. Hora de inicio y de fin de cada persona, conservado cuatro años.
  • La prevención de riesgos laborales básica. Informar y formar a la persona sobre los riesgos de su puesto y entregarle la protección que necesite.

Qué papeles necesitas del trabajador

Cuatro, y ninguno más de arranque: el DNI o el NIE, el número de afiliación a la Seguridad Social, la cuenta bancaria donde quieres que cobre su nómina y la titulación o certificación que exija el puesto, cuando el puesto la exija. Si un papel no está justificado por la ley o por el puesto, no se pide. Pedir de más alarga el alta y no te protege de nada.

Qué se puede bonificar

Existen bonificaciones a la contratación, y dependen de cada caso: del tipo de contrato que firmes, de la persona que contratas y de la situación de tu empresa. No damos cifras en una página web porque cambian cada año y porque aplican solo a determinados supuestos. Lo que sí hacemos es mirarlo antes de firmar el contrato, que es el único momento en el que se puede aplicar una bonificación.

Contarlo antes de firmar es lo que separa un alta limpia de un requerimiento contestado en el peor momento.

Lo que cuesta el laboral por separado

Estos son los precios de mercado que publicamos en la web, servicio a servicio. Súmalos como los sumarías tú: cada uno con su proveedor, su factura y su login.

Gestión laboral hasta 5 empleados

125 €/mes

Nóminas, contratos y seguros sociales. Es el dato que publicamos: lo que cuesta ese servicio suelto en el mercado, sin ERP y sin la contabilidad detrás.

Contabilidad e impuestos de sociedad

80–200 €/mes

Lo que cobra una asesoría tradicional por lo fiscal. Sin software, sin tesorería y sin que nadie mire tus nóminas y tu contabilidad a la vez.

Software de nóminas y facturación

7,50–29,50 €/mes

La licencia de mercado (Holded desde 7,50 €/mes, Quipu desde 8,50 €/mes) te da la pantalla: el convenio, el plazo y la responsabilidad siguen en tu lado de la mesa.

Gestoría low-cost de autónomos

24–50 €/mes

La cuota que tenías antes de contratar. El mes en que entra una persona en nómina, esa tarifa deja de cubrirte: hay que sumar la parte laboral.

Súmalo: 125 €/mes de laboral suelto, 8,50 €/mes de la licencia más barata y 149 €/mes de contabilidad e impuestos son 282,50 €/mes con tres proveedores y tres logins. El plan Startup son 249 €/mes e incluye las tres cosas y una cuarta: el ERP completo. El coste que de verdad tiene esa persona lo desglosamos en cuánto cuesta de verdad un empleado.

Dónde cae tu contratación según el plan

El plan cambia la cuota y el acompañamiento, nunca el sistema: dar de alta a alguien es un alta, no una migración. Y por encima del tramo de tu plan, cada empleado extra son +5 €/empleado/mes, publicado.

Autónomo Pro · 45 €/mes

Sin empleados: contabilidad, IVA trimestral, RETA, tus modelos, gestor asignado y el ERP para facturar. El mes que contratas subes a Startup y cambias de tramo ese mismo mes.

Startup · 249 €/mes

Hasta 5 empleados. Lleva las nóminas, los contratos, las altas y los seguros sociales junto al ERP completo y a la gestoría: contabilidad, IVA, sociedades y cuentas anuales. Es el más popular.

Scale · 449 €/mes

Hasta 20 empleados, con la parte laboral completa, más preparación de ronda y due diligence cuando vas a levantar financiación. Si tu plantilla pasa de 5, es el tramo que te toca.

Ver el detalle de los planes y add-ons

El riesgo lo asumimos nosotros

Garantía antisanciones

Si Hacienda o la Seguridad Social te sancionan por un error nuestro, la sanción la pagamos nosotros.

SLA de 24 h laborables

Si no te respondemos en 24 h laborables, ese mes no lo pagas.

Sin permanencia

Mes a mes. Si no aportamos, te vas cuando quieras: el servicio se gana cada mes.

Precio cerrado

Lo que ves en la web es lo que pagas. Siempre. Sin «este trámite no estaba incluido».

Preguntas que nos hacen antes de contratar

¿Cuánto se tarda en tener el contrato y el alta listos?

El alta tiene que estar presentada antes de que la persona empiece a trabajar, así que el contrato y el alta se preparan antes de esa fecha. Si nos avisas con unos días, la tienes lista para el día que quieras que empiece. Lo que no hacemos es dar de alta a posteriori: el orden no se puede invertir.

¿Qué papeles necesito del trabajador?

El DNI o el NIE, el número de afiliación a la Seguridad Social y la cuenta bancaria donde quieres que cobre. Después, la titulación o la certificación que exija el puesto, si la exige. Nada más: si un papel no está justificado por el puesto o por la ley, no se pide.

¿Necesito contrato por escrito?

El Estatuto de los Trabajadores exige forma escrita en determinados contratos, como los temporales, los de tiempo parcial y los formativos. En la práctica, firma siempre por escrito: el documento fija la jornada, el salario y el convenio, y es lo que se enseña cuando alguien pregunta. Si tienes dudas de cuál te toca, mira las opciones en asesoría laboral para empresas.

¿Qué obligaciones nacen solo por tener un empleado?

Cinco: la nómina cada mes, el modelo 111 cada trimestre (las retenciones de IRPF ingresadas a cuenta), el modelo 190 en enero (el resumen anual de esas retenciones), el registro de jornada diaria y la prevención de riesgos laborales básica. Nacen por tener a alguien en nómina, no por vender más o menos.

¿Se puede bonificar la contratación?

Existen bonificaciones a la contratación y dependen de cada caso: del tipo de contrato, de la persona que contratas y de la situación de tu empresa. No damos importes porque cambian cada año. Lo que hacemos es revisar tu caso antes de firmar el contrato, que es el momento en el que se puede aplicar.

¿Cuánto me cuesta al mes tener a alguien en nómina?

El bruto pactado más la cotización a cargo de la empresa, más las pagas y complementos del convenio, más el coste de la gestión. Los tipos y las bases se fijan cada año y se consultan en la Seguridad Social, así que aquí no vas a encontrar un porcentaje: encontrarás la estructura, que es lo que no cambia. La gestión laboral hasta 5 empleados va incluida en el plan Startup de 249 €/mes, cuando ese mismo servicio suelto vale 125 €/mes.

Estoy de alta como autónomo. ¿Me sirve el plan?

Si no tienes empleados, tu plan es Autónomo Pro, 45 €/mes. El día que contratas subes a Startup (249 €/mes) y cambias de tramo ese mismo mes: las nóminas, los contratos y los seguros sociales hasta 5 empleados entran en la cuota. Si además quieres ver cómo encajan las nóminas con el resto, empieza por el programa de nóminas.

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