Empieza sin comunicar
El fallo más frecuente: la fecha de inicio no se mueve.
La formación bonificada es un descuento en las cuotas de Seguridad Social de la empresa que encarga la formación, no un descuento en tu factura. Eso cambia quién hace cada paso: el curso lo das tú, la bonificación se la aplica tu cliente y el derecho lo sostiene la documentación. Aquí tienes quién puede bonificar, qué hay que firmar y guardar, y cuándo se pierde por no haberlo hecho a tiempo. La facturación, la contabilidad y las nóminas de tu centro van en la misma suscripción, desde 149 €/mes.
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Las reglas de este procedimiento se mueven, así que esta guía va al criterio y a la documentación, no a cifras que caducan. El detalle vigente se consulta en Fundae.
La bonificación es un descuento que la empresa aplica en sus cuotas de Seguridad Social cuando organiza formación para sus trabajadores, contra un crédito que tiene por sus cotizaciones. Tu academia es la proveedora del curso, nada más. De ahí el error más caro: prometer que el curso sale gratis porque se bonifica. Lo que hay que preparar está en la checklist de formación bonificada.
| Situación | ¿Puede bonificar? | Por qué |
|---|---|---|
| Empresa que encarga el curso para su plantilla | Sí | Tiene el crédito y lo descuenta de sus cuotas. |
| Tu academia formando a sus propios alumnos | No | Son clientes particulares, no trabajadores que coticen. |
| Tu academia formando a sus propios empleados | Sí, como cualquier empresa | Ahí la empresa eres tú: es tu derecho, no algo que vendas. |
| Trabajador enviado a un curso abierto | Depende del encargo | Lo que sostiene la bonificación es una acción documentada. |
Qué significa para ti: antes de aceptar un encargo, comprueba a quién facturas.
El fallo más frecuente: la fecha de inicio no se mueve.
Presentar la comunicación tarde es presentarla mal.
Cambiar contenidos, horas o participantes lo pone en riesgo.
Sin firma por sesión nadie puede acreditar quién estuvo.
Lo que no se conserva no existe en la revisión.
Estar al corriente en las cotizaciones se comprueba primero.
La lista de documentos y firmas, en un solo documento.
Lo que tienes que recordar
No. La bonificación va contra las cuotas de Seguridad Social de la empresa que encarga la formación para sus trabajadores, así que quien se la aplica es tu cliente. Tu papel es impartir el curso, facturar y entregar la documentación. Lo que sí puedes bonificar es la formación de tus propios empleados.
El acuerdo donde se encarga la formación, el programa con contenidos, horas y modalidad, las fechas de inicio y fin, el control de asistencia firmado por los participantes y la evaluación del aprendizaje. Hay papeles que no se pueden levantar al terminar el curso.
Casi siempre por un fallo de forma: comunicar fuera de plazo, empezar el curso antes de tener la comunicación hecha, dar un contenido distinto del comunicado, no tener el control de asistencia completo o no conservar la documentación. La empresa también debe estar al día en sus obligaciones con la Seguridad Social.
No hay una cifra que se pueda anunciar de antemano: depende del crédito de cada empresa y de sus cotizaciones. El importe lo consulta la empresa y se gestiona en Fundae. No publicamos porcentajes ni importes de crédito: si alguien te da una cifra fija para cualquier cliente, desconfía.
No. Son dos cosas distintas: la bonificación se juega en las cuotas de Seguridad Social de la empresa y el IVA en la naturaleza de lo que facturas. Un curso bonificado puede llevar IVA o estar exento según el caso. El criterio está en el IVA de los cursos y la formación.
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