Alcance y entregables
Qué se entrega y con qué revisiones.
Casi ninguna agencia saca todos los proyectos con plantilla propia: entra un freelance para el diseño, otra agencia para el desarrollo y un especialista para la campaña. Un colaborador sin alta censal, o con una factura que no describe el trabajo real, te deja sin deducir el gasto; y si depende de ti en todo, se convierte en un problema laboral con facturas de por medio. Facturas, IVA soportado y retenciones van en el mismo sitio desde 149 €/mes.
En esta página
Antes de que alguien empiece: contrato, documentación comprobada y cómo va a facturar.
El mismo tratamiento para todos origina la mitad de los errores.
| Quién colabora | IVA | Retención | Qué pides |
|---|---|---|---|
| Freelance autónomo | Repercute su IVA | Según su actividad | Alta censal y factura detallada |
| Sociedad | Repercute su IVA | Normalmente sin retención | Datos fiscales y factura |
| Colaborador UE | Sin IVA español, con NIF-IVA | Otras reglas | NIF-IVA válido y mención |
| Fuera de la UE | Sin IVA español | Otras reglas | Contrato y factura detallada |
Si es de la UE, la mecánica es la de facturar fuera: IVA de servicios a clientes del extranjero.
Es un pago a cuenta del IRPF de quien factura.
El cálculo, en la calculadora de retención de profesionales, y el detalle del modelo, en el modelo 111 explicado.
Es IVA soportado: entra en tu modelo 303 como deducible, dentro del trimestre.
Y ese IVA lo pagas antes de cobrar.
Qué se entrega y con qué revisiones.
Importes, anticipo y cuándo se factura.
Sin la cesión no puedes entregar el trabajo.
Que no se lleve a tu cliente.
Plazos de subsanación y consecuencias.
Responde de sus impuestos; tú guardas los papeles.
Se revisa cada año
Si depende de ti en todo, puede acabar siendo una relación laboral: se revisa en la asesoría laboral para empresas.
Montarlo por piezas sale por 424 €/mes por separado; con el plan de 149 €/mes va todo junto.
No. Sin factura no tienes gasto deducible: ese dinero sale de tu cuenta, no entra en tu contabilidad como coste y acabas pagando impuesto sobre un beneficio que no has tenido. La factura tiene que estar a tu nombre, describir el trabajo real y llevar los datos completos del que la emite.
Depende del tipo de trabajo y de cómo esté dada de alta su actividad. La retención es un pago a cuenta de su IRPF y la fija el Reglamento del IRPF, no tu criterio. Si te corresponde practicarla, la calculas sobre la base de la factura, se la descuentas del pago y la ingresas tú con el modelo 111.
Su alta censal, el certificado de estar al corriente con Hacienda, su situación de alta como autónomo o la escritura si es una sociedad, el seguro de responsabilidad civil si su trabajo lo exige y el contrato firmado con el alcance del trabajo. Se piden una vez y se revisan cada año.
Cambia, y bastante: la factura de un colaborador de otro país de la UE puede ir sin IVA español por la inversión del sujeto pasivo, con su NIF-IVA y su mención. Ese caso tiene su propia página, porque aplicarle las reglas de un autónomo español es el camino rápido a un error.
Que esté dado de alta como autónomo no cambia la realidad del trabajo. Si depende de ti en todo, trabaja en tus instalaciones, con tus herramientas y tu horario y no tiene riesgo propio, la relación puede considerarse laboral aunque haya facturas por medio. Eso se revisa con alguien de laboral antes de que crezca.
Con un expediente por colaborador y una revisión anual: alta censal, certificados al corriente, seguro vigente y contrato. En Contaes esas facturas entran en el mismo ERP que tu contabilidad, así que el gasto, su IVA y la retención quedan cuadrados en el mismo sitio sin rehacer nada.
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