Agencia digital

Subcontratas y freelances en una agencia: retención, IVA y papeles en regla

Casi ninguna agencia saca todos los proyectos con plantilla propia: entra un freelance para el diseño, otra agencia para el desarrollo y un especialista para la campaña. Un colaborador sin alta censal, o con una factura que no describe el trabajo real, te deja sin deducir el gasto; y si depende de ti en todo, se convierte en un problema laboral con facturas de por medio. Facturas, IVA soportado y retenciones van en el mismo sitio desde 149 €/mes.

Documento de contrato y firma
En dos frases. Contratar a un freelance o a otra agencia es lo normal, pero su factura tiene que llegar bien: a tu nombre, con el trabajo descrito, con su IVA y, cuando corresponda, con la retención de IRPF descontada, que ingresas tú como pago a cuenta de su impuesto. Si el colaborador no está dado de alta o la factura no describe el trabajo real, no puedes deducir el gasto, y el riesgo de que su situación acabe siendo tu problema es todo tuyo.

Antes de que alguien empiece: contrato, documentación comprobada y cómo va a facturar.

Cómo factura cada tipo de colaborador

El mismo tratamiento para todos origina la mitad de los errores.

Quién colabora IVA Retención Qué pides
Freelance autónomo Repercute su IVA Según su actividad Alta censal y factura detallada
Sociedad Repercute su IVA Normalmente sin retención Datos fiscales y factura
Colaborador UE Sin IVA español, con NIF-IVA Otras reglas NIF-IVA válido y mención
Fuera de la UE Sin IVA español Otras reglas Contrato y factura detallada

Si es de la UE, la mecánica es la de facturar fuera: IVA de servicios a clientes del extranjero.

La retención, en dos líneas

Es un pago a cuenta del IRPF de quien factura.

300 €Retención de una factura de 2.000 €
2.420 €Total con IVA
2.120 €Lo que cobra el colaborador
  • Trimestral · modelo 111Del 1 al 20 de abril, julio, octubre y enero.
  • Enero · modelo 190Resumen anual de retenciones.

El cálculo, en la calculadora de retención de profesionales, y el detalle del modelo, en el modelo 111 explicado.

El IVA de la subcontrata es tu IVA soportado

Es IVA soportado: entra en tu modelo 303 como deducible, dentro del trimestre.

Factura del colaborador con su IVA soportado

Sí lo deduces

  • Factura a tu nombre o al de tu sociedad.
  • Concepto con el trabajo real descrito.

Se cae el gasto

  • Sin descripción del trabajo.
  • A nombre de otra empresa.

Y ese IVA lo pagas antes de cobrar.

El contrato que te protege

Agencia y colaboradores revisando el contrato de colaboración

Alcance y entregables

Qué se entrega y con qué revisiones.

Precio y pago

Importes, anticipo y cuándo se factura.

Propiedad intelectual

Sin la cesión no puedes entregar el trabajo.

Confidencialidad

Que no se lleve a tu cliente.

Si no entrega

Plazos de subsanación y consecuencias.

Sus obligaciones fiscales

Responde de sus impuestos; tú guardas los papeles.

La lista que evita el susto el último día

Se revisa cada año

  • Alta censal o escritura de sociedad.
  • Estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social.
  • Alta como autónomo o alta de su sociedad.
  • Seguro de responsabilidad civil.
  • Contrato y cesión de derechos.

Si depende de ti en todo, puede acabar siendo una relación laboral: se revisa en la asesoría laboral para empresas.

Qué significa para ti

  • Antes de la primera factura. Pide la documentación antes del trabajo.
  • Antes de pagar. Confirma si te toca retener.
  • En el contrato. Alcance y cesión de derechos por escrito.

Montarlo por piezas sale por 424 €/mes por separado; con el plan de 149 €/mes va todo junto.

Fuentes oficiales

Preguntas que nos hacen antes de decidir

¿Puedo pagar a un freelance sin factura?

No. Sin factura no tienes gasto deducible: ese dinero sale de tu cuenta, no entra en tu contabilidad como coste y acabas pagando impuesto sobre un beneficio que no has tenido. La factura tiene que estar a tu nombre, describir el trabajo real y llevar los datos completos del que la emite.

¿Tengo que practicarle retención a mi colaborador?

Depende del tipo de trabajo y de cómo esté dada de alta su actividad. La retención es un pago a cuenta de su IRPF y la fija el Reglamento del IRPF, no tu criterio. Si te corresponde practicarla, la calculas sobre la base de la factura, se la descuentas del pago y la ingresas tú con el modelo 111.

¿Qué papeles le pido antes de que empiece?

Su alta censal, el certificado de estar al corriente con Hacienda, su situación de alta como autónomo o la escritura si es una sociedad, el seguro de responsabilidad civil si su trabajo lo exige y el contrato firmado con el alcance del trabajo. Se piden una vez y se revisan cada año.

Si es un freelance que factura desde otro país, ¿cambia algo?

Cambia, y bastante: la factura de un colaborador de otro país de la UE puede ir sin IVA español por la inversión del sujeto pasivo, con su NIF-IVA y su mención. Ese caso tiene su propia página, porque aplicarle las reglas de un autónomo español es el camino rápido a un error.

¿Y si el freelance trabaja solo para mí?

Que esté dado de alta como autónomo no cambia la realidad del trabajo. Si depende de ti en todo, trabaja en tus instalaciones, con tus herramientas y tu horario y no tiene riesgo propio, la relación puede considerarse laboral aunque haya facturas por medio. Eso se revisa con alguien de laboral antes de que crezca.

¿Cómo controlo que mis colaboradores estén al día?

Con un expediente por colaborador y una revisión anual: alta censal, certificados al corriente, seguro vigente y contrato. En Contaes esas facturas entran en el mismo ERP que tu contabilidad, así que el gasto, su IVA y la retención quedan cuadrados en el mismo sitio sin rehacer nada.

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