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IVA de servicios a clientes del extranjero: qué facturas y con qué mención

Facturar a un cliente de fuera de España no es difícil si sabes una cosa: dónde se localiza el servicio. De eso depende que la factura lleve IVA español, que no lo lleve, o que el impuesto lo ponga el cliente. Esta herramienta te lo dice para tu caso concreto —empresa europea, particular europeo, cliente de fuera de la UE o cliente español—, te da el importe a facturar y la mención que debe figurar en la factura.

Calendario con los plazos fiscales marcados
En dos frases. Regla general: los servicios facturados a una empresa o profesional se localizan donde está el cliente, así que una empresa de la UE con NIF-IVA válido no paga IVA español y es ella la que autoliquida el impuesto en su país. Si el cliente es un particular, la regla general localiza el servicio donde estás tú y la factura lleva IVA español, salvo en los servicios digitales, que van al país del consumidor.

Mira cómo tienes que facturar

La base sobre la que facturas, antes de impuestos. Ejemplo: 1.200.
Una empresa con NIF-IVA es la que te puede dar un número intracomunitario válido en VIES.
Profesionales es el trabajo que haces para un cliente con tus horas; digitales es lo que se entrega por internet y se cobra por suscripción o por uso.
Valor de ejemplo, edítalo con el tuyo. Solo se usa cuando la factura lleva IVA español.

Rellena los datos y pulsa «Calcular» para ver el resultado aquí, con su desglose.

¿Lleva IVA español?
Impuesto que se aplica
Importe a facturar
Inversión del sujeto pasivo
¿Se declara en el modelo 349?

Cálculo orientativo con los datos y los tipos que has introducido.


          

Esta herramienta calcula con tus datos; no es asesoramiento fiscal individual. Los tipos y bases cambian: confírmalos con tu asesor o en la fuente oficial enlazada.

Cómo se decide si tu factura lleva IVA

La pregunta no es cuánto cobras, sino dónde se localiza el servicio.

El cliente es empresa o profesional

  • El servicio se localiza en el país del cliente.
  • Empresa de la UE con NIF-IVA válido: facturas sin IVA español, con su mención.

El cliente es un particular

  • El servicio se localiza donde estás tú: facturas con tu IVA español.
  • Excepción: los servicios digitales a consumidores van al IVA del consumidor (OSS).

Los cuatro casos, en una tabla

Cliente¿Lleva IVA español?Qué haces tú
Empresa de la UE con NIF-IVA válidoNoFacturas sin IVA, pones la mención de inversión del sujeto pasivo y declaras la operación en el modelo 349
Particular de la UE (servicios profesionales)Sí, el españolFacturas con tu tipo de IVA español
Particular de la UE (servicios digitales)No, el del país del consumidorSe declara por la ventanilla única (OSS): es un caso aparte
Empresa de fuera de la UENoFacturas sin IVA español y no va en el modelo 349, que es solo intracomunitario
Particular de fuera de la UE (servicios profesionales)Sí, el españolFacturas con tu tipo de IVA español
Particular de fuera de la UE (servicios digitales)No, el del país del consumidorEl impuesto se aplica donde está el consumidor, si su país lo exige
Cliente de EspañaSí, el españolFacturas con tu tipo de IVA; para él es un gasto con IVA deducible

Un ejemplo completo, marcado como ejemplo

1.200 €Factura a una agencia de Berlín con NIF-IVA: el total
252 €El IVA al 21 % si fuera a un particular alemán
1.452 €El total a cobrar en ese caso
La mención que no se te puede olvidar. Con inversión del sujeto pasivo, la factura tiene que decir que el impuesto lo asume el destinatario: sin esa mención, tu cliente no puede deducirse nada.

Qué significa para ti

Sabes si el importe que pones ya lleva IVA antes de emitir. Y si facturas sin IVA español a una empresa europea, esa operación entra en el modelo 349 del trimestre y en el modelo 303.

Sin rectificativas

Un tipo mal puesto obliga a rehacer la factura y a emitir una rectificativa.

El cuadre del 349

Una factura emitida que no aparece en ningún sitio es la que lo rompe.

El particular digital

Ahí manda el IVA del país del consumidor, por ventanilla única.

Factura de servicios a un cliente europeo sin IVA español
Sin cuota, con su mención.
Factura de servicios con la base, la mención y el importe total
El importe del cliente.

Lo que tienes que recordar

Preguntas frecuentes

¿Cómo sé si el NIF-IVA de mi cliente europeo es válido?

Se comprueba en el sistema VIES de la Comisión Europea, con el número completo del cliente (prefijo del país incluido). Si no tienes la validación, lo prudente es facturar con IVA español: sin el NIF-IVA válido no puedes aplicar la inversión del sujeto pasivo. Guarda el resultado de la comprobación junto a la factura.

¿Por qué el cliente europeo no me paga IVA y aun así tengo que declarar?

Porque el impuesto no desaparece: se traslada. Tú facturas sin IVA español y el cliente autoliquida el impuesto en su país. Tu obligación es declarar la operación en el modelo 349, con el NIF-IVA del cliente, en el plazo del trimestre en que has facturado.

¿Y si el cliente europeo es un particular que compra por internet?

Cambia el criterio. En los servicios digitales vendidos a consumidores de la Unión Europea, el IVA que se aplica es el del país donde está el consumidor, no el español, y se declara por el régimen de ventanilla única (OSS). Es un caso aparte: esta herramienta no calcula ese tipo, solo avisa de que te toca mirarlo con detalle.

¿Y si mi cliente está fuera de la UE?

Si es una empresa, la regla general localiza el servicio donde está el cliente, así que la factura no lleva IVA español y tampoco se declara en el modelo 349 (ese modelo es solo para operaciones intracomunitarias). Si es un particular, la regla general dice que el servicio se localiza donde estás tú, salvo en los servicios digitales, que van al país del consumidor.

¿Esto sustituye a mi asesor?

No. Es una orientación con la regla general de localización de servicios de la Ley 37/1992, para que llegues a la conversación sabiendo qué preguntar. Los casos con excepciones (servicios digitales, uso efectivo fuera del territorio, clientes que no son empresarios) hay que verlos uno a uno con tu asesor y con la factura delante.

Fuentes oficiales

La regla de localización, la inversión del sujeto pasivo y las declaraciones que se derivan están en estas fuentes:

Si tu caso no encaja en la regla general, no lo fuerces: llévalo a tu asesor con la factura y el NIF-IVA del cliente delante.

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