Clínica y centros sanitarios · Apertura

Cómo abrir una clínica: licencia de apertura y trámites, en orden

Abrir un centro sanitario no es alquilar un local y colgar el cartel. Son cuatro administraciones mirando a la vez: el ayuntamiento, tu comunidad autónoma, Hacienda y la Seguridad Social, cada una con sus papeles. Aquí tienes qué es cada trámite y en qué orden se resuelven, sin plazos inventados. La parte societaria, fiscal y laboral la llevamos nosotros con el ERP y la gestoría desde 149 €/mes.

Escudo de cumplimiento normativo
En dos frases. Para abrir una clínica necesitas la sociedad, un local con el uso admitido, la licencia de actividad del ayuntamiento y la autorización sanitaria de tu comunidad autónoma, además del seguro, la gestión de residuos y la protección de datos de salud. Los requisitos concretos cambian de una comunidad a otra, así que cada expediente se revisa en su sitio y con su técnico, no se copia del centro de al lado.

Las cuatro administraciones que te van a pedir papeles

Antes de contratar nada, conviene saber quién decide qué. Ninguna de las cuatro es opcional.

QuiénQué te pideQué pasa si lo dejas para el final
Tu ayuntamientoQue el local admita el uso de centro sanitario y la licencia de actividad de tu proyectoFirmas el alquiler y descubres que allí no puedes abrir lo que quieres
Tu comunidad autónomaLa autorización sanitaria de funcionamiento y la inscripción del centro en el registro que correspondaTienes el local equipado y no puedes empezar a atender
HaciendaEl alta censal de la sociedad o del profesional y el régimen de impuestos que te tocaFacturas el primer mes sin estar dado de alta
Seguridad SocialEl alta de la empresa, el alta de cada trabajador y la cotización desde el primer díaPrimer día con alguien trabajando sin estar dado de alta

El orden que evita el dinero gastado de más

  • El local, la sociedad y los papeles van en ese orden.
  • Si empiezas por el equipamiento, cada corrección administrativa te pillará con dinero ya gastado.

El orden que funciona, paso a paso

No hay un número de días que valga para todos. Sí hay un orden que evita repetir trabajo.

  • Forma jurídica y sociedadEl alquiler, la licencia y los contratos se firman a su nombre. Crear una SL.
  • Local y uso admitidoConfirma que el planeamiento admite un centro sanitario ahí antes de firmar.
  • Proyecto técnico y licenciaUn técnico redacta el proyecto y lo presenta. Aquí se comprueba si el local vale.
  • Autorización sanitaria y registroSe tramita con tu comunidad; los requisitos dependen del tipo de centro.
  • Seguro de responsabilidad civilAntes de abrir: suele ser requisito para autorizar o para concertar.
  • Residuos sanitariosContrato con un gestor autorizado y entrega documentada desde el primer día.
  • Datos de saludAntes de atender: cómo se guarda la información clínica y quién la ve.
  • Altas fiscales y laboralesDeclaración censal, alta de la empresa y de cada trabajador antes de su primer día.

Dos pasos dependen de un técnico y de la administración, y seis dependen de ti. Para contratar, ten listas el alta de la sociedad y la documentación laboral: contratar al primer empleado es rápido con todo en orden.

Consulta de una clínica con la agenda y el material preparados

Qué cambia según tu comunidad autónoma

La sanidad está transferida, así que no hay un formulario único: cada comunidad tiene su procedimiento y su registro.

Lo que puedes hacer tú

  • Preguntar en tu comunidad y tu ayuntamiento con la dirección exacta del local.
  • Revisar tu expediente con la normativa de tu comunidad.

Lo que no sirve

  • Copiar el expediente del centro de la misma calle: cambia la comunidad y el expediente.
  • Fiarte de una lista de plazos y tasas de internet: no es de tu caso.

La parte que casi nadie apunta: los datos de salud

Los datos de salud son de categoría especial: se protegen con más cuidado que un nombre y un teléfono.

El programa clínico

Que controle quién entra y deje registro de los accesos.

Los proveedores

Con quien guarda la historia clínica se firma un contrato de encargado del tratamiento.

El personal

Quien atiende o pasa por recepción debe saber qué se puede contar.

Los papeles sueltos

Fotos en móviles personales, carpetas sin contraseña, listados en la impresora común.

Quién hace qué: la parte que llevamos nosotros

No todo lo hace una gestoría y no todo lo hace un técnico. Este es el reparto real.

Nuestro

  • La sociedad y la declaración censal.
  • Las altas en la Seguridad Social, los contratos y las nóminas.
  • Los impuestos y el ERP con la facturación del centro.

De tu técnico, la administración y tú

  • Del técnico: el proyecto y la documentación de la licencia.
  • De la administración: la licencia, la autorización sanitaria y el registro.
  • Tuyo: los seguros, el gestor de residuos y el programa de los pacientes.

Si algo de lo que no es nuestro no lo tienes cubierto, te lo decimos antes de empezar. La parte fiscal y laboral va incluida en nuestra gestoría desde 149 €/mes.

Contrato con el proveedor del programa de historia clínica
Encargado del tratamiento. El contrato con quien guarda la historia.
Personal del centro sanitario y acceso a la información
Quién ve qué. El personal es parte de la protección de datos.
Gestoría que lleva la sociedad y los impuestos del centro
La parte administrativa. Sociedad, altas, nóminas e impuestos en una cuota.

Qué significa para ti

Las tres preguntas que hay que hacerse

  • ¿Qué exige mi comunidad autónoma para este tipo de centro, en esta dirección concreta?
  • ¿Quién firma el proyecto técnico y quién me acompaña en la licencia?
  • ¿Dónde van a vivir los datos de mis pacientes desde el primer día?

Preguntas que nos hacen antes de decidir

¿Puedo empezar a atender pacientes antes de tener la licencia?

No. La licencia de actividad y la autorización sanitaria son pasos previos a la apertura, no papeles que se terminan después. Si empiezas antes, asumes el riesgo con el local alquilado, equipado y con personal contratado. El orden importa más que la prisa.

¿Cuánto tardan los trámites de apertura?

No damos plazos porque no dependen solo de ti: cambian según la comunidad autónoma, el ayuntamiento y el tipo de centro. Lo que sí controlas es entregar el proyecto completo, con la documentación que pide cada administración, para que no te lo devuelvan por una corrección de forma.

¿Es obligatorio un seguro de responsabilidad civil?

En la práctica es un requisito de la actividad y muchas veces te lo piden para autorizar el centro o para concertar con una aseguradora. La cobertura tiene que ajustarse a lo que haces de verdad. Se contrata con un corredor de seguros, no con la gestoría.

El local ya era una clínica. ¿Me sirve todo?

Ahorra parte del trabajo, pero nada se hereda tal cual. La licencia y la autorización van ligadas al titular y a la actividad, así que hay que comprobar que el uso del local admite tu centro y qué tiene que revisar un técnico.

¿Me lleváis vosotros los trámites de la apertura?

Una parte sí y otra no. Nosotros llevamos la sociedad, las altas fiscales, la parte laboral, los impuestos y la puesta en marcha del ERP. El proyecto técnico, la licencia de actividad y la autorización sanitaria se tramitan con un técnico, el ayuntamiento y tu comunidad.

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